miércoles, 7 de octubre de 2015

Dos pasos para darte de ALTA COMO AUTONÓMO

1)  Trámites en HACIENDA antes de comenzar la actividad profesional

Estos trámites se realizan ante la Agencia Tributaria, en cualquiera de sus  oficinas o  desde su sede electrónica en Internet, con certificado digital o DNI electrónico.

Mediante el ALTA CENSAL se trata de comunicar a la Agencia Tributaria que se va a iniciar la actividad profesional, para formar parte del censo de empresarios.

Es una declaración en la que se indica los datos personales de la empresa o de la persona autónoma, la actividad que se va a realizar, ubicación del negocio o de la actividad profesional y el régimen fiscal por el que opta, general o simplificado.

Existen dos opciones dependiendo si el inicio de la actividad se hace como persona física (autónomo) o como persona jurídica (sociedades civiles o mercantiles), en función del supuesto que sea se debe presentar la declaración censal correspondiente:

  • Modelo 036 para las personas jurídicas, se denomina alta en el régimen general.

  • Modelo 037 para las personas físicas dotadas de NIF (es el mismo número del DNI o NIE), se denomina alta en el régimen simplificado. El modelo 037 es una versión simplificada del modelo 036 que pueden utilizar casi todos los autónomos

  •  Alta en el Impuesto sobre actividades Económicas (IAE).  Es una tasa que grava el ejercicio de la actividad profesional. Su finalidad es clasificar las actividades empresariales y profesionales a través del código denominado “epígrafe de la actividad”.

 

2)  Trámites ante la SEGURIDAD SOCIAL

 

Estos trámites se realizan ante la Tesorería General de la Seguridad Social.

Una vez obtenida el acta censal y el alta en el Impuesto de Actividades Económicas,  el siguiente paso es

Afiliación y alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)

Éste trámite se realiza ante la Tesorería General de la Seguridad Social, en cualquiera de sus oficinas (+info)  o por Internet con certificado digital o DNI. electrónico.

Consiste en presentar el modelo TA 0521  (existen variedades del modelo en función de las condiciones de cada autónomo).

Infografía Tarifa Plana Autónomos

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