Dos pasos para darte de ALTA COMO AUTONÓMO
1) Trámites en HACIENDA antes de comenzar la actividad profesional
Estos trámites se realizan ante la Agencia Tributaria, en cualquiera de sus oficinas o desde su sede electrónica en Internet, con certificado digital o DNI electrónico.
Mediante el ALTA CENSAL se trata de comunicar a la Agencia
Tributaria que se va a iniciar la actividad profesional, para formar
parte del censo de empresarios.
Es una declaración en la que se indica los datos personales de la
empresa o de la persona autónoma, la actividad que se va a realizar,
ubicación del negocio o de la actividad profesional y el régimen fiscal
por el que opta, general o simplificado.
Existen dos opciones dependiendo si el inicio de la actividad se hace
como persona física (autónomo) o como persona jurídica (sociedades
civiles o mercantiles), en función del supuesto que sea se debe
presentar la declaración censal correspondiente:
Modelo 036 para las personas jurídicas, se denomina alta en el régimen general.
Modelo 037 para las personas físicas dotadas de NIF
(es el mismo número del DNI o NIE), se denomina alta en el régimen
simplificado. El modelo 037 es una versión simplificada del modelo 036
que pueden utilizar casi todos los autónomos
Alta en el Impuesto sobre actividades Económicas (IAE). Es
una tasa que grava el ejercicio de la actividad profesional. Su
finalidad es clasificar las actividades empresariales y profesionales a
través del código denominado “epígrafe de la actividad”.
2) Trámites ante la SEGURIDAD SOCIAL
Estos trámites se realizan ante la Tesorería General de la Seguridad Social.
Una vez obtenida el acta censal y el alta en el Impuesto de Actividades Económicas, el siguiente paso es
Afiliación y alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)
Éste trámite se realiza ante la Tesorería General de la Seguridad Social, en cualquiera de sus oficinas (+info) o por Internet con certificado digital o DNI. electrónico.
Consiste en presentar el modelo TA 0521 (existen variedades del modelo en función de las condiciones de cada autónomo).
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